Folio No. 38/2018-2019: Cambio en las aclaraciones patronales identificadas con el número de causal 250, 260, 270 y 280

29 de abril de 2019

Folio No.: 38/2018-2019
Asunto: Cambio en las aclaraciones patronales identificadas con el número de causal 250, 260, 270 y 280

 

A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA MEMBRECÍA DEL IMCP

 

El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP a través de la Vicepresidencia de Fiscal que preside el C.P.C. Mario Enrique Morales López y del Presidente de la Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social (CROSS) del IMCP, el C.P.C. José Guadalupe González Murillo, les informamos lo siguiente:

Se dio a conocer a través del portal del INFONAVIT algunos cambios en las aclaraciones patronales con los números de causal 250, 260, 270 y 280 los cuales se realizarán a partir de marzo directamente en las delegaciones regionales presentando la información requerida, los cuales se explican brevemente a continuación:

Causal 250. Resolución de tribunal por medio de defensa.

Anteriormente se solicitaba la Sentencia emitida por el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, Juez de Distrito, Tribunal Colegiado de Circuito, Comisión de inconformidades o del propio Instituto.

En dicha causal el cambio que se presenta es que se admite la Sentencia emitida de cualquier autoridad jurisdiccional o administrativa que haya conocido del caso concreto.

Causal 260. Caducidad y prescripción ante el Infonavit.

Anteriormente se solicitaba el escrito sellado por el Instituto donde el patrón solicitó la cancelación por prescripción o caducidad y documento notarial que acredite la personalidad jurídica.

En dicha causal ahora se solicita la constancia de notificación y número de crédito fiscal (el cual es opcional).

Causal 270. Empresa valuada.

Anteriormente se solicitaba el dictamen de valuación expedido por el Infonavit y el Contrato Colectivo de Trabajo.

En dicha causal ya no se solicitará el Contrato Colectivo de Trabajo.

Causal 280.

Anteriormente se solicitaba dictamen de no obligatoriedad emitido por el Infonavit.

En dicha causal no hay cambios.

 

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

 

C.P.C. Florentino Bautista Hernández

Presidente

 

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2018-2019

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

El contenido de este folio es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita solo a su difusión.

 

Archivos Adjuntos


Folio No. 32/2018-2019: Alcance al Folio 31/2018-2019. Monto de ingresos a considerar por los contribuyentes para la presentación de la Información Sobre su Situación Fiscal (ISSIF) señalada en el Art. 32-H del Código Fiscal de la Federación

20 de marzo de 2019

Folio No.: 32/2018-2019
Asunto: Alcance al Folio 31/2018-2019. Monto de ingresos a considerar por los contribuyentes para la presentación de la Información Sobre su Situación Fiscal (ISSIF) señalada en el Art. 32-H del Código Fiscal de la Federación

 

A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA MEMBRECÍA DEL IMCP

 

El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP a través de la Vicepresidencia de Fiscal que preside el C.P.C. Mario Enrique Morales López y del Presidente de la Comisión Representativa del IMCP ante las Administraciones Generales de Fiscalización del SAT, el C.P.C. David Nieto Martínez, les informamos que en alcance al Folio 31/2018-2019 – Monto de ingresos a considerar por los contribuyentes que se indican, para la presentación de la Información Sobre su Situación Fiscal (ISSIF) señalada en el Art. 32-H del Código Fiscal de la Federación – hacemos de su conocimiento que el monto de los ingresos para determinar la procedencia de la obligación de presentar la ISSIF como sigue:

  1. Ingresos declarados para efectos de Impuesto Sobre la Renta (ISR) que dan lugar a la obligatoriedad de presentación de la ISSIF.
Ingresos declarados del ejercicio inmediato anterior consignados en su declaración normal para efectos del impuesto sobre la renta que se deben considerar para la declaración de 2018 que se presenta en 2019. I. Quienes tributen en términos del Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que en el último ejercicio fiscal inmediato anterior declarado hayan consignado en sus declaraciones normales ingresos acumulables para efectos del impuesto sobre la renta iguales o superiores a un monto equivalente a $755,898,920.00i, así como aquéllos que al cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior tengan acciones colocadas entre el gran público inversionista, en bolsa de valores y que no se encuentren en cualquier otro supuesto señalado en este artículo.
Ingresos declarados del ejercicio inmediato anterior consignados en su declaración normal para efectos del impuesto sobre la renta que se deben considerar para la declaración de 2019 que se presenta en 2020 I. Quienes tributen en términos del Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que en el último ejercicio fiscal inmediato anterior declarado hayan consignado en sus declaraciones normales ingresos acumulables para efectos del impuesto sobre la renta iguales o superiores a un monto equivalente a $791,501,760.00,ii así como aquéllos que al cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior tengan acciones colocadas entre el gran público inversionista, en bolsa de valores y que no se encuentren en cualquier otro supuesto señalado en este artículo.

 

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

 

C.P.C. Florentino Bautista Hernández

Presidente

 

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2018-2019

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

El contenido de este folio es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita solo a su difusión.

i Véase Modificación al Anexo 5 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 publicado el 29 de diciembre de 2017.
ii Véase Modificación al Anexo 5 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 publicado el 24 de diciembre de 2018.

Archivos Adjuntos


Folio No. 31/2018-2019: Monto de ingresos a considerar por los contribuyentes que se indican, para la presentación de la Información Sobre su Situación Fiscal (ISSIF) señalada en el Art. 32-H del Código Fiscal de la Federación

14 de marzo de 2019

Folio No.: 31/2018-2019
Asunto: Monto de ingresos a considerar por los contribuyentes que se indican, para la presentación de la Información Sobre su Situación Fiscal (ISSIF) señalada en el Art. 32-H del Código Fiscal de la Federación

 

A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA MEMBRECÍA DEL IMCP

 

El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP a través de la Vicepresidencia de Fiscal que preside el C.P.C. Mario Enrique Morales López y del Presidente de la Comisión Representativa del IMCP ante las Administraciones Generales de Fiscalización del SAT, el C.P.C. David Nieto Martínez, hacemos de su conocimiento que el monto de los ingresos para determinar la procedencia de la obligación de presentar la ISSIF de los contribuyentes a los que hace referencia el artículo 32-H fracción I, del Código Fiscal de la Federación (CFF), se determina como sigue:

  1. Ingresos declarados para efectos de Impuesto Sobre la Renta (ISR) que dan lugar a la obligatoriedad de presentación de la ISSIF.
    De conformidad con lo establecido en el artículo 32-H fracción I del CFF, quienes tributen en términos del Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que en el último ejercicio fiscal inmediato anterior declarado hayan consignado en sus declaraciones normales ingresos acumulables para efectos del impuesto sobre la renta iguales o superiores a un monto equivalente a $791’501,760.00, tendrán la obligación de presentar la ISSIF. Dicha cantidad se encuentra actualizada en virtud de la Modificación al Anexo 5 de la Quinta Resolución Miscelánea para 2018, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2018, en vigor a partir del 1 de enero de 2019.
    No obstante que el monto arriba indicado actualiza la disposición en comento a partir del Ejercicio 2019, hay que considerar que ésta hace referencia a los ingresos del ejercicio inmediato anterior, por lo cual deberán ser los correspondientes al 2018 los que deberán compararse contra el importe indicado en el párrafo que antecede, a fin de determinar la procedencia o no de la presentación de la ISSIF en 2019.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

 

C.P.C. Florentino Bautista Hernández

Presidente

 

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2018-2019

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

El contenido de este folio es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita solo a su difusión.

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Folio No. 27/2018-2019: Aviso de dictamen para efectos del Seguro Social a través del SIDEIMSS

4 de marzo de 2019

Folio No.: 27/2018-2019
Asunto: Aviso de dictamen para efectos del Seguro Social a través del SIDEIMSS

 

A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA MEMBRECÍA DEL IMCP

 

El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP a través de la Vicepresidencia de Fiscal que preside el C.P.C. Mario Enrique Morales López y del Presidente de la Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social (CROSS) del IMCP, el C.P.C. José Guadalupe González Murillo, les informamos lo siguiente:

Como recordarán, de conformidad con el artículo 156 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, el patrón deberá presentar el aviso para dictaminar el cumplimiento de las obligaciones fiscales en materia de seguridad social dentro de los cuatro meses siguientes a la terminación del ejercicio fiscal inmediato anterior, por lo que para dictaminar el año 2018, el aviso antes mencionado se deberá presentar a más tardar el próximo 30 de abril de 2019.

Es importante mencionar que dicho aviso se deberá presentar a través del SIDEIMSS en la siguiente página: http://www.imss.gob.mx/sideimss/

Sugerimos presentar los avisos de dictamen lo más pronto posible ya que en caso de que se presente alguna eventualidad, cuenten con el tiempo suficiente para resolverlo. Recuerden que cuentan con los siguientes números y correos electrónicos para resolver dudas o situaciones a las que se enfrenten:

✓ Atención de dudas y más información: Mesa de Servicio SIDEIMSS, 01 800 623 23 23 opción 5, luego opción 3 ó (55) 4162 7295.
registro.dictamen@imss.gob.mx
soporte.dictamen@imss.gob.mx

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

 

C.P.C. Florentino Bautista Hernández

Presidente

 

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2018-2019

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

El contenido de este folio es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita solo a su difusión.

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Folio No. 74/2017-2018: Extensión del plazo para la presentación del Dictamen de Contador Público ante el IMSS

27 de septiembre de 2018

Folio No.: 74/2017-2018
Asunto: Extensión del plazo para la presentación del Dictamen de Contador Público ante el IMSS

 

A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA MEMBRECÍA DEL IMCP

 

El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP a través de la Vicepresidencia de Fiscal que preside el C.P.C. Mario Enrique Morales López y del Presidente de la Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social (CROSS) del IMCP, el C.P.C. José Guadalupe González Murillo, les informamos lo siguiente:

El día de hoy la presidencia del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. se comunicó directamente con el Lic. Tuffic Miguel Ortega, Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social para externarle la preocupación de todos los colegas respecto de la oportuna presentación del Dictamen de Contador Público ante ese Instituto.

Al respecto, el Lic.Tuffic Miguel Ortega concedió una extensión del plazo legal para presentar el mencionado Dictamen, la cual vencerá el 15 de octubre de 2018.

En cuanto tengamos el documento oficial, se los haremos llegar por este medio.

Ahora bien, es importante mencionar que si bien se tienen días adicionales, se exhorta a todos los Contadores Públicos Autorizados a que sigan con una fuerte intensidad presentando los dictámenes correspondientes. Los miembros de la CROSS seguirán en continuo contacto con los órganos operativos del IMSS para solucionar los problemas que se han dado en los últimos días.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

 

C.P.C. José Besil Bardawil

Presidente

 

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2017-2018

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

El contenido de este folio es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita solo a su difusión.

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Folio No. 71/2017-2018: Contestación a solicitud de extensión del plazo para la presentación del Dictamen de Contador Público ante el IMSS

12 de septiembre de 2018

Folio No.: 71/2017-2018
Asunto: Contestación a solicitud de extensión del plazo para la presentación del Dictamen de Contador Público ante el IMSS

 

A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA MEMBRECÍA DEL IMCP

 

El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP a través de la Vicepresidencia de Fiscal que preside el C.P.C. Mario Enrique Morales López y del Presidente de la Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social (CROSS) del IMCP, el C.P.C. José Guadalupe González Murillo, les informamos lo siguiente:

El 5 de septiembre de 2018 se presentó por parte del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. un oficio ante la Dirección de Incorporación y Recaudación del Instituto Mexicano del Seguro Social para solicitar formalmente una extensión al plazo que está señalado en el artículo 161 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, mismo que está relacionado con la presentación del Dictamen de Contador Público ante el IMSS.

En dicho oficio, se le dieron a conocer al Instituto Mexicano del Seguro Social aquellas razones por las cuales a consideración de los Contadores Públicos Autorizados se debía de extender el plazo para presentar dicho dictamen.

Como respuesta a dicho oficio, el Instituto Mexicano del Seguro Social expidió el oficio con número 09 52 75 9300 / 2368 de fecha 11 de septiembre de 2018, en el cual da a conocer sus argumentos legales, técnicos y cuantitativos para decidir no conceder la solicitud de extender el plazo señalado el en artículo 161 del Reglamento mencionado (se adjunta a la presente el oficio en referencia).

Por otra parte, es preciso mencionar que si algún Contador Público Autorizado tiene algún problema técnico – tecnológico con el sistema SIDEIMSS, los funcionarios de dicho Instituto reiteran su compromiso de apoyarlos en los siguientes teléfonos y direcciones electrónicas.

soporte.dictamen@imss.gob.mx

01 800 623 23 23 opción 5, después opción 3 ó (55) 4162 7295.

Al respecto, muchos de los problemas son resueltos de forma inmediata, sin embargo, si es algo más complejo, el propio IMSS proporciona un “ticket” de servicios para dar seguimiento al tema hasta resolverlo, lo cual podría tomar algunos días.

De la misma forma, se insiste por parte del Instituto en que se revise detenidamente el instructivo del SIDEIMSS que está en la página de Internet del IMSS, ya que se nos indica que la mayoría de las respuestas a las preguntas que se realizan telefónicamente están contenidas en el propio instructivo.

Finalmente, es preciso mencionar que los funcionarios del IMSS nuevamente exhortan a los Contadores Públicos Autorizados a que presenten los dictámenes a la brevedad y no esperen los últimos días de septiembre para presentar los dictámenes correspondientes.

Se reitera que el Dictamen de Contador Público ante el IMSS vence el 1 de octubre de 2018.

Se adjunta oficio referido.
Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

 

C.P.C. José Besil Bardawil

Presidente

 

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2017-2018

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

El contenido de este folio es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita solo a su difusión.

Archivos Adjuntos


Folio No. 69/2017-2018: Información relevante SIDEIMSS. Preguntas Frecuentes

5 de septiembre de 2018

Folio No.: 69/2017-2018
Asunto: Información relevante SIDEIMSS. Preguntas Frecuentes

 

A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA MEMBRECÍA DEL IMCP

 

El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP a través de la Vicepresidencia de Fiscal que preside el C.P.C. Mario Enrique Morales López y del Presidente de la Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social (CROSS) del IMCP, el C.P.C. José Guadalupe González Murillo, les informamos lo siguiente:

La herramienta electrónica para la presentación del dictamen de seguro social denominada “Sistema de Dictamen Electrónico” (SIDEIMSS), incluye un espacio para “preguntas frecuentes” que recomendamos sea revisada para la aclaración de dudas ya que es posible que en ese espacio encuentren alguna de las respuestas a las preguntas más comunes.

En atención a las preguntas que nos han hecho llegar, la autoridad ha preparado algunas respuestas que seguramente apoyarán al CPA y al Patrón en la solución de problemas.

Se adjuntan en el Anexo de este Folio las “Preguntas Frecuentes”, dentro del SIDEIMSS.

 

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

 

C.P.C. José Besil Bardawil

Presidente

 

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2017-2018

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

Archivos Adjuntos


Folio No. 66/2017-2018: Convocatoria a votación de modificaciones a los Estatutos y sus Reglamentos del IMCP

23 de agosto de 2018

Folio No.: 66/2017-2018
Asunto: Convocatoria a votación de modificaciones a los Estatutos y sus Reglamentos del IMCP

 

A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA MEMBRECÍA DEL IMCP

 

El Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del IMCP, por medio de la Vicepresidencia de Legislación, a cargo del C.P.C. Armando Espinosa Álvarez, y de la Comisión de Estatutos, a cargo del C.P.C. Julio César Cantú Ruiz, da a conocer que ha concluido el plazo para la auscultación del proyecto de modificaciones a los Estatutos y sus Reglamentos del IMCP y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4.01 inciso c) del Reglamento de las Comisiones que emiten disposiciones fundamentales, el CEN envía a los asociados del Instituto el proyecto de modificación referido para votación, el cual requerirá para la promulgación por la Junta de Gobierno, el mínimo del 5% de los asociados para que expresen su voto y que más del 50% de los votos emitidos estén de acuerdo con los textos propuestos. El plazo para la votación vence el 22 de octubre del presente.

Su votación será recibida a través de la siguiente liga electrónica:

https://es.research.net/r/votacion-estatutos-imcp

Para cualquier asunto sobre el particular será atendido por la Gerencia de Enlace Institucional al teléfono (55) 5267-6411.

 

Reciban un cordial saludo.

 

C.P.C. José Besil Bardawil
Presidente

 

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2017-2018

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

Archivos Adjuntos


Folio No. 65/2017-2018: Padrón de Auditores Externos de la Contraloría General de la Ciudad de México

23 de agosto de 2018

Folio No.: 65/2017-2018
Asunto: Padrón de Auditores Externos de la Contraloría General de la Ciudad de México

 

A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA MEMBRECÍA DEL IMCP

 

El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) mediante su Presidencia, hace de su conocimiento la invitación de la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México (SCGCDMX), a todos nuestros Asociados a integrarse al Padrón de Auditores Externos de esa dependencia.

Lo anterior, a efecto de mejorar la competitividad y calidad del padrón existente que sea la base para poponer la contratación de servicios de auditoría de personas físicas o morales profesionales especializadas en materia de contabilidad, para lograr una mayor transparencia presupuestal en el gasto público, así como en la rendición de cuentas claras y confiables, mediante la Dictaminación de los Estados Financieros de las Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México.

Los interesados que cumplan con los requisitos enlistados en el oficio que acompaña a este folio, deberán presentar mediante escrito en hoja membretada dirigido al Dr. Luis Antonio García Calderón, el formato de Información básica requerida por la SCGCDMX para el registro en el Padrón de Auditores Externos, debidamente requisitado en forma impresa y en medio electrónico (CD), así como la documentación solicitada en copia simple legible a más tardar el 1º de octubre de 2018, en la oficialía de partes de la Dependencia ubicada en la planta baja del inmueble de Av. Tlaxcoaque no. 8, Colonia Centro, C.P. 06040 en la Delegación Cuauhtémoc en un horario de lunes a jueves de 9:00 a 18:00 hs., y en viernes de 9:00 a 15:00 hs.

Se anexa formato de Información básica.

 

Reciban un cordial saludo.

 

C.P.C. José Besil Bardawil
Presidente

 

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2017-2018

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

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Folio No. 64/2017-2018: Dictamen de Contador Público ante el IMSS

16 de agosto de 2018

Folio No.: 64/2017-2018
Asunto: Dictamen de Contador Público ante el IMSS

 

A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA MEMBRECÍA DEL IMCP

 

El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP a través de la Vicepresidencia de Fiscal que preside el C.P.C. Mario Enrique Morales López y del Presidente de la Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social (CROSS) del IMCP, el C.P.C. José Guadalupe González Murillo, les informamos lo siguiente:

A través de la CROSS se ha tenido un contacto continuo con las autoridades centrales del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para dar seguimiento a las múltiples cuestiones que ha presentado el SIDEIMSS.

Asimismo, se ha dado solución conjunta a diversos detalles técnicos que se han dado en la carga de información en el citado SIDEIMSS, de hecho, es relevante mencionar que el problema que se dio hace unos días y que estaba relacionado con la tardanza en el proceso de carga ha quedado resuelto, ya que el IMSS realizó los ajustes correspondientes a sus servidores.

No obstante, lo anterior, es importante comentar que, si un Contador Público Autorizado tiene algún problema técnico con el SIDEIMSS, puede mandar un correo electrónico a la siguiente dirección y/o puede marcar a los siguientes teléfonos del IMSS:

soporte.dictamen@imss.gob.mx
01 800 623 23 23 opción 5, después opción 3 ó (55) 4162 7295.

 

Al respecto, muchos de los problemas son resueltos de forma inmediata, sin embargo, si es algo más complejo, el propio IMSS proporciona un “ticket” de servicios para dar seguimiento al tema hasta resolverlo, lo cual podría tomar algunos días.

Así las cosas, el IMCP preocupado por continuar brindando un apoyo a los Contadores Públicos Autorizados ante el IMSS, pretende a través de la CROSS conocer los problemas técnicos que todavía algunos colegas tienen, para en su oportunidad comentar con el IMSS de aquellos problemas sistémicos que se estén presentando.

Por lo anterior, se pone a disposición de los Contadores Públicos Autorizados un correo electrónico para que ahí se informe de los problemas que se tienen y que se comentarán con el IMSS.

Dicho correo es: dictamenimss@imcp.org.mx

Se recomienda que se nos indique en dicho correo lo siguiente:

a) El nombre del Contador Público Autorizado,
b) El número de folio del aviso de dictamen,
c) Descripción del problema que se tiene, y
d) En su caso, el número de “ticket” que el IMSS le otorgó.

Es preciso reiterar que los problemas técnicos que se tengan se tienen que enviar directamente al IMSS, mismo que se encargará de resolverlos. El correo electrónico del IMCP que se mencionó anteriormente se utilizará sólo para tratar con el IMSS los problemas sistémicos que se estén presentando.

Por otra parte, se insiste por parte del Instituto en que se revise detenidamente el instructivo del SIDEIMSS que está en la página de Internet del IMSS, ya que se nos indica que la mayoría de las respuestas a las preguntas que se realizan telefónicamente están contenidas en el propio instructivo.

Finalmente, es preciso mencionar que los funcionarios del IMSS exhortan a los Contadores Públicos Autorizados a que presenten los dictámenes a la brevedad y no esperen los últimos días de septiembre para presentar los dictámenes correspondientes, asimismo se nos ha externado que no se tiene contemplada una extensión del plazo, mismo que vence el 1 de octubre de 2018.

 

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

 

C.P.C. José Besil Bardawil
Presidente

 

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2017-2018

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

El contenido de este folio es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita sólo a su difusión.

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