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La Administración Local de Asistencia al Contribuyente de Puebla Sur le Informa:

Cerró su negocio? ¿Dejó de trabajar?

Para saber qué debe hacer si cierra su negocio o empresa, o si deja de trabajar, dé un clic sobre el tipo de persona que le corresponda:

Cuando una persona fallezca

En este caso el representante legal (albacea) debe cancelar el Registro Federal de Contribuyentes de esa persona fallecida para lo cual debe:

1. Presentar aviso de apertura de sucesión sólo si la persona que fallece estaba dada de alta por actividades comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, silvícolas, pesqueras, o de autotransporte, entre otras, así como los arrendadores de inmuebles.
Cuando una persona obligada a presentar declaraciones periódicas, fallezca se dará este aviso

El albacea lo debe presentar, dentro del mes siguiente al día en que acepte este cargo, ante el Módulo de Atención del SAT donde la persona fallecida venía presentando declaraciones periódicas

2. Presentar aviso de cancelación por liquidación de la sucesión, esto se hará una vez que se adjudiquen o entreguen los bienes a los herederos.
Previa presentación del Aviso de Apertura de Sucesión, lo presentará el representante legal de la sucesión (albacea), dentro del mes siguiente al día en que se haya dado por finalizada la liquidación de la sucesión.

En el caso de que la persona que fallezca sólo estuviera inscrita por prestar servicios profesionales de manera independiente o por salarios, cualquier persona interesada puede presentar el aviso de cancelación por defunción.
Este aviso lo presentará el representante legal de la sucesión (albacea) o cualquier persona interesada, dentro del mes siguiente a la liquidación de la sucesión o cuando la persona que realizaba las actividades fallezca

Estos avisos se elaboran y acompañan con los documentos que se indican en el Anexo 25 De la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006 Guía de trámites.

Cuando por alguna causa, las personas morales dejen de realizar o interrumpan sus actividades de manera temporal, el representante legal debe presentar un aviso de suspensión de actividades.

Se presenta cuando el contribuyente interrumpe las actividades por las cuales está obligado a presentar declaraciones o pagos periódicos.

Si la persona moral desaparece y se liquida, el representante legal deberá cancelar su Registro Federal de Contribuyentes, para lo cual presentará el aviso de inicio de liquidación y posteriormente el aviso de cancelación por liquidación total del activo.

Ambos avisos se elaborarán en la forma fiscal R 2, anexando los documentos que se señalan en el Anexo 25 De la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006 Guía de trámites
 

Lo invitamos a que nos envíe su consulta por correo electrónico a la siguiente dirección:
asisnet@sat.gob.mx
       

Mayores Informes:

Orientación Personal Administración Local de Asistencia al Contribuyente de Puebla Sur, Calle lateral a la recta a Cholula No. 103 Puebla Pue. Col. Ex Hacienda de Zavaleta, C.P. 72150 a un lado a la PGR.

Orientación Telefónica en materia de Asesoria Fiscal, de Lunes a Viernes de 8:00 a 21:00 Hrs. (Antes 7-74-10-78), a partir del 1° de Septiembre de 2006,  3-03-77-78 y 01 800 46 36 728*

Orientación Telefónica en Materia de Procedencia de Trámites Fiscales presentados en la ALAC de Puebla Sur, Citas y Eventos de Orientación Colectiva (Talleres y Conferencias), e Inscripciones al Programa de Actualización para Personas Encargados del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales a Nombre de Terceros

de Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 y de Lunes a Jueves de 15:00 17:30 Hrs. 
(Antes 7-74-10-04), a partir del 1° de Septiembre de 2006, 3-03-77-04

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