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La Administración Local de
Asistencia al Contribuyente de
Puebla Sur le Informa:
Cerró su negocio? ¿Dejó de trabajar?
Para saber qué debe hacer si
cierra su negocio o empresa, o si
deja de trabajar, dé un clic sobre
el tipo de persona que le
corresponda:
Cuando una
persona fallezca
En este caso el representante legal
(albacea) debe cancelar el Registro
Federal de Contribuyentes de esa
persona fallecida para lo cual debe:
1.
Presentar
aviso de apertura de sucesión
sólo si la persona que fallece
estaba dada de alta por actividades
comerciales, industriales,
agrícolas, ganaderas, silvícolas,
pesqueras, o de autotransporte,
entre otras, así como los
arrendadores de inmuebles.
Cuando una persona obligada a
presentar declaraciones periódicas,
fallezca se dará este aviso
El albacea lo debe presentar, dentro
del mes siguiente al día en que
acepte este cargo, ante el
Módulo de Atención del SAT
donde la persona fallecida venía
presentando declaraciones periódicas
2.
Presentar
aviso de cancelación por
liquidación de la sucesión,
esto se hará una vez que se
adjudiquen o entreguen los bienes a
los herederos.
Previa presentación del Aviso de
Apertura de Sucesión, lo presentará
el representante legal de la
sucesión (albacea), dentro del mes
siguiente al día en que se haya dado
por finalizada la liquidación de la
sucesión.
En el caso de que la persona que
fallezca sólo estuviera inscrita por
prestar servicios profesionales de
manera independiente o por salarios,
cualquier persona interesada puede
presentar el
aviso de cancelación por
defunción.
Este aviso lo presentará el
representante legal de la sucesión
(albacea) o cualquier persona
interesada, dentro del mes siguiente
a la liquidación de la sucesión o
cuando la persona que realizaba las
actividades fallezca
Estos avisos se elaboran y acompañan
con los documentos que se indican en
el Anexo 25 De la Resolución
Miscelánea Fiscal para 2006
Guía de trámites.
Cuando por alguna causa, las
personas morales dejen de realizar o
interrumpan sus actividades de
manera temporal, el representante
legal debe presentar
un aviso de suspensión de
actividades.
Se presenta cuando el contribuyente
interrumpe las actividades por las
cuales está obligado a presentar
declaraciones o pagos periódicos.
Si la persona moral desaparece y se
liquida, el representante legal
deberá cancelar su Registro Federal
de Contribuyentes, para lo cual
presentará el
aviso de inicio de liquidación
y posteriormente el
aviso de cancelación por
liquidación total del activo.
Ambos avisos se elaborarán en la
forma fiscal R 2, anexando los
documentos que se señalan en el
Anexo 25 De la Resolución Miscelánea
Fiscal para 2006
Guía de trámites
Lo invitamos a
que nos envíe su consulta por correo
electrónico a la siguiente
dirección:
asisnet@sat.gob.mx
Mayores
Informes:
Orientación Personal Administración
Local de Asistencia al Contribuyente
de Puebla Sur, Calle lateral a la
recta a Cholula No. 103 Puebla Pue.
Col. Ex Hacienda de Zavaleta, C.P.
72150 a un lado a la PGR.
Orientación Telefónica en materia de
Asesoria Fiscal, de Lunes a Viernes
de 8:00 a 21:00 Hrs. (Antes
7-74-10-78), a partir del 1° de
Septiembre de 2006, 3-03-77-78
y 01 800 46 36 728
Orientación Telefónica en Materia de
Procedencia de Trámites Fiscales
presentados en la ALAC de Puebla
Sur, Citas y Eventos de Orientación
Colectiva (Talleres y Conferencias),
e Inscripciones al Programa de
Actualización para Personas
Encargados del Cumplimiento de
Obligaciones Fiscales a Nombre de
Terceros
de
Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 y de
Lunes a Jueves de 15:00 17:30 Hrs.
(Antes 7-74-10-04), a partir del 1°
de Septiembre de 2006, 3-03-77-04 |