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Gobierno
del Colegio
El Gobierno del Colegio (Art.
15 de Estatutos) recae en:
La Asamblea General de Socios
La Junta de Gobierno
El Comité Ejecutivo.
Junta de
Gobierno
La Junta de Gobierno es el órgano
que establecerá, controlará y
evaluará las políticas generales del
Colegio (Art. 35).
La Junta de Gobierno estará
formada por (Art. 36):
I.
Los integrantes del Comité
Ejecutivo.
II.Dos
representantes de cada uno de los
sectores de actuación profesional,
que a continuación se mencionan:
Sector Independiente.
Sector Empresa.
Sector Docencia.
Sector Gobierno.
Comité
Ejecutivo
El Comité Ejecutivo es el órgano
encargado del gobierno y
administración del Colegio,
facultado para ejecutar y vigilar el
cumplimiento de los acuerdos de la
Asamblea de Socios y de la Junta de
Gobierno. En él se delegan las
facultades necesarias, con el fin de
atender oportunamente todos los
asuntos concernientes a dichas
funciones (Art. 48).
El Comité Ejecutivo, constituye
un cuerpo directivo que estará
formado por (Art. 49):
I.
El Presidente
II.
Diez Vicepresidentes, como sigue:
a) General
b) De Relaciones y Promoción
Institucional
c) De Desarrollo y
Capacitación Profesional
d) De Servicio a Socios
e) De Servicio a
Universidades
f) De Integración
g) De Educación Profesional
Continua
h) De Afiliación
i) De Finanzas
j) De Estrategia,
Organización, y Control
Consejo
Consultivo
El Consejo Consultivo funcionará
permanentemente y estará formado por
todos los ex Presidentes del Colegio
que continúen siendo socios y tengan
una actividad relacionada con el
mismo, quienes elegirán entre sus
integrantes un presidente y un
secretario (Art. 73) |
Vigilancia
del Colegio
Junta de
Honor
La Junta de Honor velará
por el decoro y el buen nombre del
Colegio y porque la conducta de los
socios no se aparte de las reglas
que establece el Código de Ética
Profesional que rige a nuestra
profesión (Art. 86).
Los integrantes de la Junta de
Honor serán (Art. 87).
I.
El Decano de la Profesión, nombrado
por el Consejo Consultivo ratificado
por la Junta de Gobierno;
II.
Dos Decanos de Colegio, nombrados
por el Consejo Consultivo y
ratificados por la Junta de
Gobierno;
III.
El último ex Presidente y;
IV.
Tres socios nombrados por el
Consejo Consultivo y ratificados por
la Junta de Gobierno.
Auditor de
Gestión
El Auditor de Gestión es
el encargado de evaluar el
cumplimiento de los programas de
trabajo del Comité Ejecutivo, y será
nombrado por el Consejo Consultivo,
de acuerdo con lo que establece el
Título Cuarto de los presentes
Estatutos (Art. 95)
Auditor
Financiero
El Auditor Financiero
será aquel que designe el Consejo
Consultivo para dictaminar
anualmente los estados financieros
del Colegio (Art. 104).
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