LOS PUNTOS QUE DEBE REUNIR CADA ASOCIADO, SON LOS SIGUIENTES:

Ejercicio Profesional Independiente, 55 puntos (Dictamines o No)
Ejercicio Empresarial, Gubernamental y Docente, 40 puntos (Si no dictaminan )

 

PUNTOS PARA EL REFRENDO DE CERTIFICACIÓN:

Los Contadores Públicos Certificados, en el sector Independiente deberán cumplir con 65 puntos (Dictamines o No)
Los Contadores Públicos Certificados en otros sectores deberán cumplir con 50 puntos ( Si no dictaminan )

 

CUMPLIMIENTO PARA LA ACREDITACIÓN DE LA EVALUACIÓN DEL CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO POR EL IMSS APLICABLES EN 2010:

Contadores Públicos Autorizados, que ya cuenten con registro ante el IMSS, que deseen mantenerlo y continuar dictaminando para efectos del Seguro Social, deberá cumplir con un mínimo de 8 puntos anuales en temas de Seguridad Social.

Para efectos de obtener el registro como contador público autorizado para dictaminar para efectos del Seguro Social, se deberá cumplir con un mínimo de 24 puntos, los que deberán estar distribuidos de la siguiente forma:

a) De la incorporación al Seguro Social (1 punto)
b) De la emisión y Pago de cuotas (2 puntos)
c) De la Clasificación de Empresas en el Seguro de Riesgos de Trabajo (2 puntos)
d) Del Salario Base de Cotización (4 puntos)
e) De los Sujetos de Aseguramiento (3 puntos)
f) Del Dictamen Para Efectos del Seguro Social (8 puntos)
g) Normas profesionales que para la emisión del dictamen le son aplicables, de conformidad con la Ley y el RACERF (4 puntos).

Los puntos a cumplir formarán parte del Cumplimiento obligatorio o del cumplimiento para refrendar la Certificación Profesional General del Contador Público.

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