Folio No. 59/2017-2018: Dictamen Fiscal 2017. 13 de agosto de 2018 – Fecha límite para presentarlos

30 de julio de 2018

Folio No.: 59/2017-2018
Asunto: Dictamen Fiscal 2017. 13 de agosto de 2018 – Fecha límite para presentarlos

 

A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA MEMBRECÍA DEL IMCP

 

El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP a través de la Vicepresidencia de Fiscal a cargo del C.P.C. Mario Enrique Morales López, y de la Comisión Representativa del IMCP ante las Administraciones Generales de Fiscalización del Servicio de Administración Tributaria, a cargo del C.P.C. David Nieto Martínez, les informamos que, debido a los problemas que comunicamos en los folios 57 y 58, la fecha límite para presentar los dictámenes fiscales del ejercicio 2017 es 13 de agosto de 2018.

Sin embargo, recomendamos no esperar hasta el día 13 para enviarlos, lo cual ayudará a evitar saturación y problemas adicionales en el módulo de recepción de dictámenes fiscales.

El Servicio de Administración Tributaria ha dado a conocer un comunicado de prensa en el cual informa que, en breve, publicará la extensión del plazo para presentarlo. Para localizarlo, den clic en la siguiente liga:

http://www.gob.mx/sat/prensa/com2018_042

 

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

 

C.P.C. José Besil Bardawil
Presidente

 

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2017-2018

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

El contenido de este folio es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita sólo a su difusión.

Folio No. 58/2017-2018: Dictamen Fiscal 2017. Fechas de presentación

30 de julio de 2018

Folio No.: 58/2017-2018
Asunto: Dictamen Fiscal 2017. Fechas de presentación

 

A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA MEMBRECÍA DEL IMCP

 

El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP a través de la Vicepresidencia de Fiscal a cargo del C.P.C. Mario Enrique Morales López, así como de la Comisión Representativa del IMCP ante las Administraciones Generales de Fiscalización del Servicio de Administración Tributaria, a cargo del C.P.C. David Nieto Martínez, en alcance al Folio 57 – Recepción de dictámenes fiscales, les informamos que como parte del proceso de negociación, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha ofrecido una extensión de al menos una semana hasta en tanto se restablece el servicio de recepción de dictámenes fiscales

Les mantendremos informados del avance de las conversaciones con los funcionarios del SAT.

 

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

 

C.P.C. José Besil Bardawil
Presidente

 

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2017-2018

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

El contenido de este folio es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita sólo a su difusión.

Archivos Adjuntos


Folio No. 57/2017-2018: Dictamen Fiscal 2017. Recepción de dictámenes fiscales en la página del SAT

30 de julio de 2018

Folio No.: 57/2017-2018
Asunto: Dictamen Fiscal 2017. Recepción de dictámenes fiscales en la página del SAT

 

A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA MEMBRECÍA DEL IMCP

 

El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP a través de la Vicepresidencia de Fiscal a cargo del C.P.C. Mario Enrique Morales López, así como de la Comisión Representativa del IMCP ante las Administraciones Generales de Fiscalización del Servicio de Administración Tributaria, a cargo del C.P.C. David Nieto Martínez, les informamos lo siguiente:

Con motivo de la presentación de los dictámenes fiscales a través del Sistema de Presentación del Dictamen Fiscal (Sipred) se han suscitado diversos problemas que han impedido que la entrega de dichos informes se pueda llevar a cabo de forma fluida. Los principales problemas que se han detectado, entre otros, son los siguientes:

  1. Al bajar los datos con la e.firma del contador público inscrito, del representante legal o del contribuyente.
  2. Al firmar el dictamen fiscal con la e.firma del contador público inscrito o del contribuyente.
  3.  Al enviar dictámenes fiscales a través de Sipred o del monitor de la página del SAT (https://aplicaciones.sat.gob.mx/SIPRED/MonitorExterno/Home.aspx)

Por lo anterior, el IMCP se ha dado a la tarea de ponerse en contacto con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) quienes ya tienen conocimiento del problema tecnológico y están trabajando en solucionarlo.

El IMCP está trabajando en la posibilidad de que el SAT considere presentados en tiempo aquellos dictámenes que se presenten en los próximos días hasta que se restablezca el servicio de recepción de dictámenes fiscales.

Les recomendamos conservar evidencia de haber llevado a cabo el proceso de firma o envío sin éxito.

Les mantendremos informados del resultado de éste esfuerzo.

 

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

 

C.P.C. José Besil Bardawil
Presidente

 

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2017-2018

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

El contenido de este folio es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita sólo a su difusión.

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Folio No. 54/2017-2018: Dictamen Fiscal 2017. Fecha límite para la presentación del dictamen fiscal

11 de julio de 2018

Folio No.: 54/2017-2018
Asunto: Dictamen Fiscal 2017. Fecha límite para la presentación del dictamen fiscal

 

A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA MEMBRECÍA DEL IMCP

 

El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP a través de la Vicepresidencia de Fiscal a cargo del C.P.C. Mario Enrique Morales López, así como de la Comisión Representativa del IMCP ante las Administraciones Generales de Fiscalización del Servicio de Administración Tributaria, a cargo del C.P.C. David Nieto Martínez, les informamos lo siguiente:

El artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación señala que el dictamen fiscal debe presentarse a más tardar el 15 de julio del año inmediato posterior a la terminación del ejercicio de que se trate. Sin embargo, en la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) se destaca que puede presentarse hasta el 30 de julio de 2018, siempre y cuando se hubiere cubierto la totalidad de las contribuciones federales al 15 de julio de 2018 como se indica en la regla 2.13.2 de la RMF.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en su página de Internet una actualización de las preguntas frecuentes, entre las que incluye la siguiente:

“24.- Tratándose de contribuyentes que estén a lo dispuesto en el segundo párrafo de la regla 2.13.2. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, ¿en qué fecha podrán presentar el dictamen fiscal?

El dictamen fiscal se podrá presentar a más tardar el 30 de julio de 2018, siempre y cuando las contribuciones estén pagadas al 15 de julio de 2018, plazo que podrá ampliarse al día 16 del mismo mes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12, Quinto párrafo del Código Fiscal de la Federación vigente.”

Se espera que la autoridad NO DE EFECTO legal a la presentación de dictámenes fiscales después del 30 de julio de 2018.

En caso de existir información adicional sobre el tema, la haremos de su conocimiento en su oportunidad.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

 

C.P.C. José Besil Bardawil
Presidente

 

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2017-2018

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

El contenido de este folio es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita sólo a su difusión.

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Folio No. 53/2017-2018: Dictamen Fiscal 2017. No se iniciarán revisiones de papeles de trabajo AGGC, AGAFF salvo en los casos excepcionales que se indican

10 de julio de 2018

Folio No.: 53/2017-2018
Asunto: Dictamen Fiscal 2017. No se iniciarán revisiones de papeles de trabajo Administración General de Grandes Contribuyentes, Administración General de Auditoría Fiscal Federal salvo en los casos excepcionales que se indican

 

A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA MEMBRECÍA DEL IMCP

 

El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP a través de la Vicepresidencia de Fiscal a cargo del C.P.C. Mario Enrique Morales López, así como de la Comisión Representativa del IMCP ante las Administraciones Generales de Fiscalización del Servicio de Administración Tributaria, a cargo del C.P.C. David Nieto Martínez, les informamos lo siguiente:

Las Administraciones Generales de: a) Grandes Contribuyentes y b) Auditoría Fiscal Federal; ambas del Servicio de Administración Tributaria, nos han confirmado a través de oficios de comunicación interna a los Administradores Centrales que, considerando la petición formulada por el IMCP y que conforme al artículo 32-A del CFF, así como el segundo párrafo de la regla 2.13.2, el plazo para la presentación del dictamen del ejercicio 2017, vence el 30 julio del 2018, se ha estimado conveniente que durante el periodo comprendido del 4 al 30 de julio de 2018, NO se cite a los Contadores Públicos Inscritos (CPI) para llevar a cabo revisiones de papeles de trabajo.

Lo anterior, NO SERÁ APLICABLE en aquellos casos en que se encuentre próximo a CADUCAR EL EJERCICIO DE FACULTADES DE COMPROBACIÓN conforme al artículo 67 del CFF, cuando ya se hubiese emitido y notificado el citatorio para la comparecencia correspondiente, se trate de casos estratégicos de extrema importancia o se detecten esquemas agresivos que lo justifiquen, respecto de las personas morales integradas e integradoras del Régimen Opcional para Grupos de Sociedades, establecido en el Capítulo VI, del Título II de la Ley del ISR y también de las sociedades controladas y controladoras del Régimen de Consolidación Fiscal a que se refiere el Capítulo VI del Título II de la Ley del ISR vigente al 31 de diciembre de 2013.

En caso de existir información adicional sobre el tema, la haremos de su conocimiento en su oportunidad.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

 

C.P.C. José Besil Bardawil
Presidente

 

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2017-2018

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

El contenido de este folio es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita sólo a su difusión.

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Folio No. 51/2017-2018: Actualización del Dictamen de Seguro Social presencial

9 de julio de 2018

Folio No.: 51/2017-2018
Asunto: Actualización del Dictamen de Seguro Social presencial

 

A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA MEMBRECÍA DEL IMCP

 

El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP a través de la Vicepresidencia de Fiscal que preside el C.P.C. Mario Enrique Morales López y del Presidente de la Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social (CROSS) del IMCP, el C.P.C. José Guadalupe González Murillo, les informamos que el Instituto Mexicano del Seguro Social comunicó a la CROSS la siguiente actualización con el fin de brindar herramientas de apoyo a los contadores públicos autorizados, patrones o sujetos obligados y sus representantes legales, relacionadas con la presentación del dictamen presencial en materia de seguridad social, en términos de la regla Quinta del anexo único correspondiente al Acuerdo ACDO.SA2.HCT.280617/149.P.DIR, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de julio de 2017:

  1. Formatos descargables de: Cédulas de dictamen.

➢ Se corrigió la doble referencia a la cédula A. Detalle de remuneraciones.
➢ Se renombró la columna “No.” por “Consecutivo”.
➢ Se incluye la “Constancia de la presentación de los avisos afiliatorios y movimientos salariales resultantes del dictamen” y su instructivo para el llenado.

Es necesario precisar que en los casos de dictámenes presenciales ya presentados ante las Subdelegaciones con los formatos anteriores, no se requiere sustituirlos; no obstante, a partir del día de hoy deberán de utilizar los referidos formatos actualizados, disponibles en la liga http://www.imss.gob.mx/sideimss/materiales.

Les recordamos que en caso de alguna duda, problema o situación que se les pueda presentar, cuentan con las siguientes direcciones de correo electrónicas para resolver cualquier eventualidad: registro.dictamen@imss.gob.mx y soporte.dictamen@imss.gob.mx. Es importante documentar el problema a través de estas direcciones.

 

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

 

C.P.C. José Besil Bardawil
Presidente

 

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2017-2018

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

El contenido de este folio es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita sólo a su difusión.

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Folio No. 41/2017-2018: Publicación del Sistema de Presentación del Dictamen Fiscal 2017 (SIPRED 2017)

29 de mayo de 2018

Folio No.: 41/2017-2018
Asunto: Publicación del Sistema de Presentación del Dictamen Fiscal 2017 (SIPRED 2017)

 

A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA
MEMBRECÍA DEL IMCP

 

El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP, a través de la Vicepresidencia de Fiscal que preside el C.P.C. Mario Enrique Morales López, así como de la Comisión Representativa del IMCP ante las Administraciones Generales de Fiscalización del Servicio de Administración Tributaria, a cargo del C.P.C. David Nieto Martínez, les informamos que el Servicio de Administración Tributaria (SAT), dio a conocer por medio de su página de Internet: www.sat.gob.mx, el “Sistema de Presentación del Dictamen Fiscal” (Sipred 2017)”, que ha diseñado para la elaboración y presentación de los dictámenes fiscales a través de medios electrónicos.

Para instalarlo, en aquellos casos en los que ya se cuente con Sipred 2016, será necesario desinstalarlo antes de instalar la nueva versión para 2017.

Si desea descargar el Sipred 2017, dé clic en la siguiente liga:

http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/software/Paginas/sipred_2010_2013.aspx

Si ustedes identifican fallas en la operación del Sipred 2017, les agradeceremos enviar un correo electrónico a la dirección comision.agaff@imcp.org.mx en donde se incluya:

a) Versión de Windows y Excel en la que trabaja el equipo,
b) Idioma en el que está configurado el equipo,
c) La ventana o imagen en la que se identifique el problema,
d) El tipo de plantilla del dictamen en el que se está trabajando (General, Bancos, Establecimientos Permanentes, entre otros),
e) El Anexo, índice y columna y
f) Una breve descripción del proceso que se estaba llevando a cabo (Función o botón que se está utilizando, verificación, inserción de índices o explicaciones, captura, entre otros).

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

 

C.P.C. José Besil Bardawil
Presidente

 

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2017-2018

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

El contenido de este folio es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita sólo a su difusión.

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Folio No. 39/2017-2018: Sistema de Presentación del Dictamen Fiscal 2017 (SIPRED 2017)

22 de mayo de 2018

Folio No.: 39/2017-2018
Asunto: Sistema de Presentación del Dictamen Fiscal 2017 (SIPRED 2017)

 

A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA
MEMBRECÍA DEL IMCP

 

El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP, a través de la Vicepresidencia de Fiscal que preside el C.P.C. Mario Enrique Morales López, así como de la Comisión Representativa del IMCP ante las Administraciones Generales de Fiscalización del Servicio de Administración Tributaria, a cargo del C.P.C. David Nieto Martínez, les informamos que el Servicio de Administración Tributaria ha informado que está trabajando en una mejora del módulo de recepción del “Sistema de Presentación del Dictamen Fiscal” (Sipred 2017)”, con objeto de facilitar el envío de los dictámenes fiscales, reducir las fallas que se han presentado en el pasado y dar certeza al proceso de envío; motivo por el cual se espera que contemos con el Sipred 2017 a fines del mes de mayo en curso.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

 

C.P.C. José Besil Bardawil
Presidente

 

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2017-2018

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

El contenido de este folio es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita sólo a su difusión.

Archivos Adjuntos


Folio No. 34/2017-2018: Ampliación del plazo al 15 de mayo para presentar la Declaración Anual 2017 de las personas físicas

25 de abril de 2018

Folio No.: 34/2017-2018
Asunto: Ampliación del plazo al 15 de mayo para presentar la Declaración Anual 2017 de las personas físicas

 

A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA
MEMBRECÍA DEL IMCP

 

El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP a través de la Vicepresidencia de Fiscal que preside el C.P.C. Mario Enrique Morales López en coordinación con las comisiones de Fiscal, la Comisión Nacional Representativa ante las Autoridades Fiscales Federales (Síndicos del Contribuyente) y la Representativa del IMCP ante las Administraciones Generales de Fiscalización del SAT que presiden: el C.P.C. Mario Jorge Ríos Peñaranda, el C.P.C. Noé Hernández Ortiz y el C.P.C. David Nieto Martínez, respectivamente, les informa que de manera conjunta entre el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y el Instituto Mexicano de Contadores Públicos así como otros organismos, nos dimos a la tarea de revisar y atender las inconsistencias en la presentación de la Declaración Anual de Personas Físicas.

Al respecto, el pasado 19 de abril de 2018 el IMCP solicitó a las autoridades del SAT que, otorgara la ampliación del plazo a 15 días hábiles más, contados a partir del día posterior a la fecha límite que se tiene para la presentación de la declaración anual 2017 de las personas físicas, es decir, del 30 de abril, en adelante, con el objetivo de permitir a los contribuyentes contaran con el tiempo suficiente para aclarar y, en su caso, corregir las inconsistencias que se muestran en la plataforma en cuestión.

Derivado de lo anterior, el día de hoy 25 de abril de 2018 por medio del comunicado de prensa 029/2018, el SAT informó que, con motivo de las inconsistencias encontradas en el llenado de los comprobantes de nómina y en atención al interés de cumplir por parte de los contribuyentes, extiende al 15 de mayo el plazo para presentar la Declaración Anual del Impuesto Sobre la Renta, de las personas físicas, correspondiente al ejercicio 2017.

Finalmente, la regla que da sustento jurídico a esta medida será publicada en los próximos días de manera anticipada en el portal del SAT y con posterioridad en el Diario Oficial de la Federación.

Se adjunta comunicado de prensa.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

 

C.P.C. José Besil Bardawil
Presidente

 

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2017-2018

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

El contenido de este folio es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita sólo a su difusión.

Archivos Adjuntos


Folio No. 33/2017-2018: Dictamen Fiscal 2017. Informe del auditor independiente y del informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente

25 de abril de 2018

Folio No.: 33/2017-2018
Asunto: Dictamen Fiscal 2017. Informe del auditor independiente y del informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente

 

A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA
MEMBRECÍA DEL IMCP

 

El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP a través de la Vicepresidencia de Fiscal a cargo del C.P.C. Mario Enrique Morales López da a conocer que la Comisión Representativa del IMCP ante las Administraciones Generales de Fiscalización del SAT que preside el C.P.C. David Nieto Martínez, ha concluido la actualización del modelo sugerido del Informe del auditor independiente para la presentación del dictamen fiscal 2017.

A éste modelo no se le hicieron modificaciones técnicas relacionadas con las normas de auditoría, por lo que sólo se actualizaron las referencias a las disposiciones legales aplicables; en consecuencia, cumple con las normas de la actuación profesional y con los ordenamientos fiscales destacando, entre otros temas, que:

  1. A partir del 15 de diciembre de 2016, se encuentran vigentes la NIA 700 (Revisada) “Formación de la opinión y emisión del informe de auditoría sobre los estados financieros” y la NIA 800 (Revisada), “Consideraciones especiales – Auditorías de estados financieros preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos.
  2. El modelo se basa en un marco de cumplimiento de información con fines específicos que se forma de las Reglas particulares de valuación y revelación del Marco de información con fines generales más las Reglas de presentación y clasificación requeridas por el SAT a través del Anexo 16 o 16-A de la RMF.
  3. El “Informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente” se incluye en la sección de “Informe sobre otros requerimientos legales y normativos” que se separa del informe del auditor independiente al existir un requerimiento legal.
  4. Los estados financieros e información analítica que se incluye constituyen “un conjunto completo de estados financieros” por el cual se debe emitir un “Informe del auditor independiente”.
  5. Cualquier diferencia en los impuestos y contribuciones federales identificada como resultado de la auditoria debe ser informada, independientemente de su materialidad.

Como Anexo I, se acompaña el modelo del Informe del Auditor Independiente y, como Anexo II el Informe sobre otros requerimientos legales y normativos, cuando se emite el dictamen fiscal a que se refiere el Artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación.

 

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

 

C.P.C. José Besil Bardawil
Presidente

 

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2017-2018

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

El contenido de este folio es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita sólo a su difusión.

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