14 de febrero de 2017

Folio No.: 11/2016-2017
Asunto: Plazo para el Refrendo de la Certificación Profesional de los Contadores Públicos

A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA
MEMBRECÍA DEL IMCP

El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP (CEN), a través de la Vicepresidencia de Docencia, a cargo del C.P.C. Tomás Humberto Rubio Pérez, en apego al Reglamento de Certificación de los Contadores Públicos, hace un atento recordatorio con respecto al plazo para la entrega de las solicitudes de los Refrendos de Certificación por parte de los Asociados a los Colegios Federados, cuyo certificado presente fecha de vencimiento 2017, independientemente del mes de su vigencia, concluye el 30 de abril de 2017.

No obstante, los Contadores Públicos que cuentan con registro ante la Administración General de Auditoría Fiscal Federal (AGAFF), en apego a la Regla 2.13.4. de la Resolución Miscelánea Fiscal (Anexo 1), deberán efectuar su Refrendo de Certificación un mes antes de la fecha de su vencimiento, a fin de que el IMCP tenga oportunidad de comunicar la renovación de la vigencia de su certificado en tiempo y forma ante la AGAFF.

Es decir, los contadores públicos certificados que se encuentren en ese supuesto, y cuya certificación profesional venza durante el primer trimestre del año, deberán anticipar su refrendo, con el apoyo de los Colegios Federados.

 

Reciban un cordial saludo.

 

C.P.C. José Luis García Ramírez
Presidente 2016-2017

 

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2016-2017
*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

 

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