
RESERVAS DE CAPITAL. Se crean para cumplir un ordenamiento legal, tal como la creación de la reserva legal prevista en la Ley General de Sociedades Mercantiles, pero también se pueden crear para proteger la estabilidad de la entidad, como lo menciona la NIF C-11. Se trata de segregaciones de una aparte de las utilidades acumuladas, para un fin específico, y forma parte del capital contable.