Artículo CCPEP

CONSIDERACIONES BÁSICAS

Tercera y última parte

INTRODUCCIÓN

Como se comentó en las partes anteriores de este artículo, el presente análisis busca examinar la Norma de Información Financiera B-14 (NIF B-14) Utilidad por Acción (UPA). Aunque no se aborda de forma exhaustiva, se pretende ofrecer una comprensión razonable de los conceptos clave, considerando la importancia de informar en los estados financieros la medida de participación de cada tipo de acción en las utilidades de una entidad durante un período determinado.

En la primera parte se discutieron aspectos jurídicos generales de la acción conforme a su regulación en la Ley General de Sociedades Mercantiles y otros ordenamientos legales, así como la determinación de la utilidad atribuible a acciones ordinarias y preferentes. En la segunda parte se abordó el concepto de factor de ponderación para obtener el promedio ponderado de las acciones en circulación, así como el concepto de dilución.

En esta última parte se analizan algunos casos prácticos, basados en ejemplos contenidos en la NIF B-14.

CASOS PRÁCTICOS

Split

El término split significa “dividir”. En el contexto que nos ocupa y según la opinión de expertos, el split accionario tiene como finalidad reducir el precio de la acción para hacerla más accesible en el mercado bursátil. A continuación, se ilustra la operación de un split y su efecto en la utilidad por acción (UPA).

Se parte del supuesto de 1,000 acciones con un valor nominal de $1,000.00 cada una. La entidad decide realizar un split de 20 a 1, es decir, por cada acción que tenga el inversionista, se le entregarán 20. De esta manera, las 1,000 acciones en circulación se convierten en 20,000 acciones con un valor nominal de $50.00 cada una ($1,000.00 / 20). Si la utilidad neta del ejercicio es de $200,000.00, la UPA, después de realizado el split, será de $10.00.

Antes del split, la UPA habría sido de $200.00 ($200,000 / 1,000). Al operarse el split, se canjearon 20 acciones por cada una anterior, por lo que la utilidad atribuible por acción se distribuye entre las nuevas acciones: $200.00 / 20 = $10.00.

Split inverso

Como el lector podrá inferir, el split inverso tiene el efecto contrario: se intercambia una acción por cada 20 (utilizando los datos del ejemplo anterior).

Teniendo 20,000 acciones en circulación, una vez operado el split inverso de 1 por 20, se tendrá un total de 1,000 acciones en circulación (20,000 / 20). Si la utilidad neta del ejercicio es de $200,000.00, la UPA por acción será ahora de $200.00, en contraposición con la UPA de $10.00 correspondiente a las 20,000 acciones anteriores.

Pago de dividendos en acciones

Cuando una entidad decide pagar dividendos con acciones en lugar de efectivo, el número de acciones generadas por dicho pago se asigna a los socios en proporción a su participación en la entidad. Veamos un ejemplo.

La conformación accionaria de una empresa es de 100,000 acciones ordinarias con un valor nominal de $10.00 cada una, distribuidas en partes iguales entre cinco socios (20,000 acciones por socio), dando un capital social de $1,000,000. En agosto del ejercicio en curso, se decretan dividendos por $500,000, pagaderos en acciones ordinarias con valor nominal de $10.00 cada una. Esto da un total de 50,000 acciones nuevas, asignadas en partes iguales (10,000 acciones por socio). La utilidad neta del ejercicio es de $2,100,000.

Para calcular la UPA, se requiere determinar el promedio ponderado de acciones en circulación. En este caso, el promedio ponderado es de 150,000 acciones, resultado de adicionar a las 100,000 acciones iniciales las 50,000 derivadas del pago de dividendos en acciones. Así, la UPA es de $14.00 ($2,100,000 / 150,000).

Comentarios adicionales a los tres primeros ejemplos

La NIF B-14 establece que, al no haber cambios en los recursos de la sociedad, el número de acciones resultante por la realización de un split, un split inverso o el pago de dividendos en acciones debe considerarse, para la determinación del promedio ponderado, como emitido desde el inicio del período.

Por ejemplo, un capital social de $1,000,000 puede estar representado por 1,000 acciones con valor nominal de $1,000.00 o por 20,000 acciones con valor de $50.00 cada una. Si se realiza un split de 20 a 1 en el primer caso, las 1,000 acciones se convierten en 20,000, pero el capital social permanece igual. Lo mismo ocurre a la inversa con un split inverso. En ambos casos, no se modifican los recursos de la sociedad.

Lo mismo sucede con el pago de dividendos en acciones. Por ejemplo, si el capital contable está compuesto por un capital social de $1,000,000, una reserva legal de $200,000 y utilidades retenidas por $5,000,000 (total: $6,200,000), y se decretan dividendos por $2,000,000 pagados en acciones, las utilidades retenidas se reducen en ese monto, mientras que el capital social se incrementa por la misma cantidad. El capital contable total no cambia, por lo que las acciones emitidas deben considerarse desde el inicio del período para efectos del promedio ponderado.

Acciones con dividendos garantizados acumulativos y utilidades menores a dichos dividendos

Una sociedad tiene 2,000 acciones ordinarias con valor nominal de $1,000.00 cada una y 2,000 acciones preferentes con igual valor y un dividendo garantizado del 5%. El dividendo garantizado es de $100,000 (2,000 x $1,000.00 x 5%). La utilidad del período es de $80,000.

Dado que la utilidad es menor al dividendo garantizado, según la NIF B-14, la UPA de las acciones preferentes es de $50.00 ($100,000 / 2,000). En cuanto a las acciones ordinarias, presentan una pérdida atribuible de $10.00 por acción.

La pérdida atribuible se calcula restando el dividendo garantizado a la utilidad del período: $80,000 – $100,000 = -$20,000. Esta pérdida se divide entre las 2,000 acciones ordinarias, resultando en una pérdida de $10.00 por acción.

En otro escenario:

  • Si la utilidad fuese de $100,000.00 → UPA ordinaria: $0.00
  • Si la utilidad fuese de $120,000.00 → UPA ordinaria: $10.00
    Esto puede comprobarse fácilmente con los datos proporcionados.

Acciones con dividendo garantizado y pérdida neta

Usando los mismos datos del ejemplo anterior, pero ahora con una pérdida neta de $80,000.00, el cálculo se modifica.

El dividendo garantizado es de $100,000. Dado que es acumulativo, debe reconocerse incluso si hay pérdida. Para determinar la pérdida atribuible a las acciones ordinarias, se suma la pérdida del período y el dividendo garantizado: -$80,000 – $100,000 = -$180,000. Esta pérdida se divide entre 2,000 acciones ordinarias, dando una pérdida por acción de $90.00. La UPA de las acciones preferentes se mantiene en $50.00 ($100,000 / 2,000).

Acciones preferentes con dividendo mínimo garantizado y superior al de las acciones comunes

Una sociedad tiene 2,000 acciones ordinarias y 1,000 preferentes, ambas con valor nominal de $1,000.00. Según estatutos, las preferentes deben recibir un dividendo equivalente al 130% del dividendo de las ordinarias, con un mínimo garantizado del 5%.

La utilidad del período es de $500,000.00.

Si no existiera la cláusula del 130%, las preferentes recibirían únicamente el 5% sobre su valor nominal. Sin embargo, al existir dicha cláusula, es necesario ponderar su participación.

Ponderando las 1,000 acciones preferentes con el factor 1.3, se obtienen 1,300 acciones ponderadas. El total ponderado es de 3,300 acciones (2,000 ordinarias + 1,300 ponderadas preferentes). Así, las preferentes representan el 39.3939% del total.

Entonces, las utilidades se distribuyen como sigue:

  • Preferentes: $196,969.50 ($500,000 x 39.3939%)
  • Ordinarias: $303,030.50

La UPA de las acciones ordinarias es de $151.52 ($303,030.50 / 2,000)
La UPA de las acciones preferentes es de $196.97 ($196,969.50 / 1,000)

Nótese que la ponderación solo se utilizó para determinar la participación proporcional en las utilidades. La UPA preferente se calcula sobre el número real de acciones (1,000), no sobre las 1,300 ponderadas. También se verifica que $151.52 x 1.3 = $196.97.

CONCLUSIÓN

Con esta tercera parte concluyen los comentarios, reflexiones y ejemplos presentados en este artículo. Se reitera que la intención fue ofrecer un análisis razonado de la NIF B-14 Utilidad por Acción, y se anima al lector a estudiar con mayor profundidad esta norma de información financiera.

Bibliografía:

  • Instituciones del Derecho Mercantil, Barrera Graf, Editorial Porrúa.
  • Ley General de Sociedades Mercantiles
  • Ley de Títulos y Operaciones de Crédito
  • Código de Comercio
  • Norma de Información Financiera B-14: Utilidad por Acción

C.P.C. Octavio Paredes Balderrama
Miembro de la Comisión de Normas de Información Financiera
Colegio de Contadores Públicos del Estado de Puebla

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