Flash Informativo 11

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Si el Impuesto a Valor Agregado no puede acreditarse de conformidad con la *fracción I del Art. 5 de la LIVA*, con independencia a lo establecido en la fracción *XV del Art. 28 de la LISR*, es decir, sea deducible o no, el IVA no acreditable se registra conjuntamente con la operación que dio origen a su pago, es decir, como parte del inventario *(NIF C-4)*, del activo fijo *(NIF C-6)*, del activo intangible *(NIF C-8)* o del gasto *(NIF A-2 Postulado de sustancia económica)*, sin necesidad de registrarlos en la cuenta de “IVA no deducible” o “IVA no acreditable” que a menudo manejan en resultados.

C.P. Martín Rojas Tamayo
Integrante de la Comisión de Normas de Información Financiera Bienio 2021-2022

Flash Informativo 10

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RESERVAS DE CAPITAL. Se crean para cumplir un ordenamiento legal, tal como la creación de la reserva legal prevista en la Ley General de Sociedades Mercantiles, pero también se pueden crear para proteger la estabilidad de la entidad, como lo menciona la NIF C-11. Se trata de segregaciones de una aparte de las utilidades acumuladas, para un fin específico, y forma parte del capital contable.

C. P. C. Martha Briones Gallardo

Integrante de la Comisión de Normas de Información Financiera Bienio 2021-2022

Flash Informativo 09

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Una característica básica de los pagos anticipados es la expectativa de la entidad de recibir en el futuro bienes, servicios u otros beneficios; por lo tanto, se entiende que al hacer el pago, no se le transfieren a la entidad los beneficios y riesgos inherentes a las partidas que está por adquirir o recibir. Algunos ejemplos de pagos anticipados: papelería, inventarios, primas de seguros y fianzas, regalías, membresías, entre otros.

C. P. Cynthia Gisell Mino Vargas
Integrante de la Comisión de Normas de Información Financiera Bienio 2021-2022

Flash Informativo 08

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El Control interno – Es el proceso diseñado, implementado y mantenido por los responsables del gobierno de la entidad, la dirección y otro personal, con la finalidad de proporcionar una seguridad razonable sobre la consecución de los objetivos de la entidad relativos a la *fiabilidad* de la *información financiera*, la *eficacia* y *eficiencia* de las operaciones, así como sobre el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables. El término “controles” se refiere a cualquier aspecto relativo a uno o más componentes del control interno.

En *resumen*, el *control interno es básico* para la generación de información financiera de manera veraz, oportuna, confiable, integral y con certidumbre en los Estados Financieros y sus Notas. C. P. C. José Luis Muñoz Martinez

Integrante de la Comisión de Normas de Información Financiera Bienio 2021-2022

Flash Informativo 07

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Para efectos legales, las Aportaciones para Futuros Aumentos de Capital no forman parte del Capital hasta que son formalmente capitalizadas. Según la NIF C-11, éstas deben reconocerse en los estados financieros en un rubro por separado dentro del capital contribuido, siempre y cuando exista un compromiso mediante la asamblea de socios de que esas aportaciones se aplicaran a aumentos de capital, se especifique el número de acciones, no tener un rendimiento fijo en tanto se capitalizan, quedar reconocidas en la moneda funcional de la entidad. En caso contrario estas aportaciones deben formar parte del pasivo.

C.P.C.  Luis Miguel Jimenez 
Integrante de la Comisión de Normas de Información Financiera Bienio 2021-2022

SAT mantiene la facilidad para renovación de la e.firma de personas morales cuando esta haya perdido su vigencia máximo un año previo

Comunicado SAT

El Servicio de Administración Tributaria informa que con la finalidad de facilitar las herramientas necesarias para que las personas morales continúen con el cumplimiento oportuno de sus obligaciones fiscales, a partir del 1 de junio de 2021, podrán seguir renovando la e.firma desde el Portal del SAT, sat.gob.mx.

Para renovar la e.firma de manera ágil y sencilla, sin la necesidad de acudir a un módulo, ingresa al Portal del SAT, apartado Empresas / Otros trámites y servicios / Solicitud de renovación del Certificado de e.firma caduco para personas morales, solo necesitas:

  1. Contar con los archivos de la e.firma que perdió su vigencia:

Clave privada (archivo .key).
Certificado (archivo .cer).
Contar con la Contraseña de la llave privada de la e.firma que perdió su vigencia.

  1. Que el término de la vigencia de la e.firma no exceda de un año a la fecha de solicitud.
  2. Mantener la o el mismo representante legal.
  3. La o el representante legal, con su e.firma activa, debe firmar la solicitud de renovación de la persona moral.
  4. Descargar la aplicación Certifica y seleccionar la opción Solicitud de requerimiento de Renovación de Persona Moral con Representante Legal.
  5. Una vez generado el archivo de renovación, con la e.firma caduca, ingresar al Portal del SAT sat.gob.mx apartado: Empresas / Otros trámites y servicios / Solicitud de renovación del Certificado de e.firma caduco para personas morales.
  6. Envía el archivo de renovación en el apartado Renovación del certificado. Guardar el número de operación, el acuse y recupera tu nuevo certificado en el apartado Seguimiento / Recuperación de Certificados.

El SAT reitera su compromiso de atender de manera oportuna y segura la demanda de trámites y servicios que tienen las y los contribuyentes para cumplir con sus obligaciones en tiempo y forma.

Autor: Servicio de Administración Tributaria
Fecha de publicación: 01 de junio de 2021

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