Aún veo que hay profesionales que se resisten a la idea de que las Normas de Información Financiera (NIF) sean una normatividad considerada como obligatoria para el ejercicio de la profesión contable, dado que dicha obligación no emana de las leyes.
Hace tiempo observé una postura interesante que me permito compartir:
“Características de las NIF: …Su uso es exclusivo para la presentación de estados financieros, no para regular la contabilidad de los particulares…”
Al respecto, me gustaría compartir con Ustedes, amables lectores, algunos de mis apuntes respecto a esta posición que en el fondo busca desestimar la importancia de la norma contable.
Desde sus inicios, la normatividad contable ha tratado de encontrar un adecuado soporte teórico para sustentar la práctica contable y para guiar conceptualmente la emisión de normas particulares, desechando con ello planteamientos apoyados meramente en la experiencia, uso o costumbre.
El Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera (CINIF) ha establecido como prioridad alcanzar el objetivo antes comentado, revisando los conceptos teóricos contenidos en el Marco Conceptual (MC) mexicano, para adecuarlo al entorno actual en que se rige la normatividad a nivel internacional, con el fin de alcanzar la trascendente convergencia internacional.
La NIF A-1, Estructura de las Normas de Información Financiera, constituye la primera fase en el establecimiento de dicho soporte teórico, en la cual se presenta un marco integral de conceptos básicos estructurado en forma lógica y deductiva, el cual tiene como objetivo esencial dotar de sustento racional a las NIF; el CINIF es el organismo responsable de emitir las NIF en México.
Las NIF comprenden un conjunto de conceptos generales y normas particulares que regulan la elaboración y presentación de la información contenida en los estados financieros y que son aceptadas de manera generalizada en un lugar y a una fecha determinada. Su aceptación surge de un proceso formal de auscultación realizado por el CINIF, abierto a la observación y participación activa de todos los interesados en la información financiera.
La importancia de las NIF radica en que estructuran la teoría contable, estableciendo los límites y condiciones de operación del sistema de información contable. Sirven de marco regulador para la emisión de los estados financieros, haciendo más eficiente el proceso de elaboración y presentación de la información financiera sobre las entidades económicas, evitando o reduciendo con ello, en lo posible, las discrepancias de criterio que pueden resultar en diferencias sustanciales en los datos que muestran los estados financieros”.
Lo anteriormente transcrito forma parte de la NIF A-1, en sus párrafos IN1, IN3, IN4 e IN5.
Ahora, repasemos la definición de Contabilidad del párrafo 3 de la NIF A-1:
“La contabilidad es una técnica que se utiliza para el registro de las operaciones que afectan económicamente a una entidad y que produce sistemática y estructuradamente información financiera. Las operaciones que afectan económicamente a una entidad incluyen las transacciones, transformaciones internas y otros eventos.”
Como podemos observar en la definición, el propósito de la Contabilidad es producir información financiera, pero ¿qué debemos entender por éste concepto?. El párrafo 4 de la NIF A-1 nos establece lo siguiente:
“La información financiera que emana de la contabilidad, es información cuantitativa, expresada en unidades monetarias y descriptiva, que muestra la posición y desempeño financiero de una entidad, y cuyo objetivo esencial es el de ser útil al usuario general en la toma de sus decisiones económicas. Su manifestación fundamental son los estados financieros. Se enfoca esencialmente a proveer información que permita evaluar el desenvolvimiento de la entidad, así como en proporcionar elementos de juicio para estimar el comportamiento futuro de los flujos de efectivo, entre otros aspectos”.
De tal suerte, para generar información financiera de conformidad con las NIF, el propio registro de las transacciones, transformaciones internas y otros eventos deben ser necesariamente registradas con base en las NIF ¿o será acaso de que cada quién haga su contabilidad con la libertad de hacerlo a su criterio, dado que dicen que no son obligatorias, mandarlas al SAT y ya posteriormente recomponerla para hacer estados financieros con base en las NIF?
Suena un tanto cuanto complicado, como para aceptar la afirmación de que las NIF no regulan la Contabilidad de los particulares.
La norma financiera busca como propósito final, generar información financiera acorde a la realidad del negocio de cada entidad, con el propósito de evaluar su desempeño, rentabilidad, liquidez, solvencia y en palabras sencillas, si el negocio es negocio realmente, si se administra adecuadamente, y ahora con la fuerte revisión por parte de la autoridad, si las transacciones realizadas en el fondo tienen una razón de negocios, o solamente se hacen con el fin de tener más deducciones o de vender facturas.
Las NIF son una excelente herramienta para entender el negocio, para administrarlo y para cuantificar las obligaciones fiscales, por lo cual, desde mi particular punto de vista, vale la pena conocerlas, entenderlas y aplicarlas, más allá de sólo quedarnos en que legalmente no son obligatorias.
Y tú ¿qué opinas?
Martín Rojas Tamayo
Comisión de Normas de Información Financiera del CCPEP